424 2155 LEY: Interpretación y aplicación.
Es criterio de hermenéutica que no debe presuponer se la inconsecuencia ofalta de previsión en el legislador.
MEDIDAS DE SEGURIDAD.
Es evidente que el pronóstico de reiteración, basado en la peligrosidad expresada por el autor, y nola culpabilidad por el hecho con ocasión del cual seimpone como accesoria de la condena, constituyó el fundamento tenido en cuenta por el legislador penal para establecer la redusión por tiempo indeterminado, en el art. 52 del Código Penal.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.
El principio del non bisin idem prohibe la nueva aplicación de pena por el mismo hecho, pero ello no impide al legislador tomar en cuenta la anterior condena —entendida como un dato objetivo y formal— a efectos de ajustar con mayor precisión el tratamiento penitenciario que considere adecuado para aquellos supuestos en que el individuo incurriese en una nueva infracción criminal.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.
Debe rechazarse el agravio referido a que el art. 52 del Código Penal viola el principio del non bis in idem, pues el distinto tratamiento dado por la ley a aquellas personas que demuestran cierta peligrosidad, respecto de aquellas que no exteriorizan una peligrosidad de futuro, no significa riesgo cierto de verse perseguido dos veces por el mismo hecho.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que revocó la dedaración deinconstitucionalidad del art. 52 del Código Penal (Voto del Dr. Julio S. Nazareno).
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
—|l-
Afs. 221, el Tribunal Oral en loCriminal N° 9, resolvió dedarar la inconstitucionalidad del artículo 52 del Código Penal.
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2155
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