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Fallos: 324:1430 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala X), concedió el recurso extraordinario por la citada en garantía, con sustento en que incurrió en una omisión al apreciar las defensas de esa parte relativas a la ausencia de cobertura respecto al hecho que dio origen al reclamo; extremo que —adujo— puede llevar a que se considere arbitrario el fallo (fs. 308).

— II Resulta de autos que la Sala X revocó parcialmente el pronunciamiento de grado (confr. fs. 254/258) e hizo lugar ala demanda fundada en la Ley de Accidentes del Trabajo, condenando a la accionada y ala citada en garantía a abonar la pertinente indemnización relativa ala patología varicosa del trabajador, única que en la causa se concluyó vinculada con la tarea.

Para así decidir, sesustentó en que corr espondía consider ar, como fecha de la toma de conocimiento por el actor de su afección incapacitante, la del distracto (diciembre/94), por lo que la acción -puntualiZó- al 19.07.95 (fecha de la demanda), no se encontraba prescripta, y dado que arribaba firme a la alzada que la minusvalía padecida por el dependiente guardaba relación con las tareas desarrolladas para la empresa (v. fs. 288/289).

Recurrido ese decisorio por la vía extraordinaria por la compañía de seguros (confr. constancias de fs. 298/303), fue oreiter o— concedido por la sentenciadora a fs. 308.

— 1 Expuesto brevemente, agravia ala quejosa que se haya omitido el examen de sus defensas de fondo, el que si bien resultaba superfluo en primera instancia dado que se rechazaba el reclamo, cobró actualidad

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:1430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-1430

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