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Fallos: 323:763 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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Ante tal circunstancia, la parte actora interpuso un recurso de revocatoria ante el juez en lo comercial poniendo en su conocimiento las razones que hacían improcedente la suspensión, lo que motivó la solicitud de un pedido de informes a la jueza de Mar del Plata y que, en atención a los términos de la respuesta, determinó que aquel magistrado dejara sin efecto la suspensión, medida que, no obstante, ya había producido efectos irreversibles.

8°) Quelos fundamentos utilizados por la Dra. Zampini parainformar sobre el estado de la causa a su cargo surgen del auto del 30 de abril de 1993. Allí se dispone poner en conocimiento del Juzgado en lo Comercial N° 14 dela Capital "que por ante este Juzgado y Secretaría se ha decretado la quiebra de Estrella de Mar S.A. habiéndose pedido la extensión de quiebra, entre otras empresas, de Pesquera Salvador S.A. La sindicatura ha sdicitado medidas cautelares recayendo también sobre Pesquera Salvador S.A., medidas que se encuentran firmes y consentidas. El estado procesal del incidente de extensión de quiebra se encuentra próximo a la apertura a prueba. Ahora bien, si se diera curso alasacciones individuales podría encontrar se quel resolver la extensión no hubiera bienes" (fs. 1019 causa 53.938).

9?) Queafs. 15/27 delos autos "Pesquera Salvador S.A. inc. extensión en Estrella de Mar S.A." (expte. 9253), la síndico designada en la quiebra de Estrella de Mar S.A. promovió incidente de extensión de quiebra, entre otras empresas, a Pesquera Salvador S.A. y solicitó medidas cautelares sobrela base del art. 165-3 contra "aquellos a quienessepeticiona la extensión dela falencia" afin deevitar "la despatrimonialización de los imputados", y más adelante, el 10 de diciembre de 1991 (fs. 24/27), pidióla sustanciación de la extensión de quiebra.

As. 71/75, el 13 de mayo de 1992, el aquí actor se presentó e hizo una manifestación. Invocó ser titular de un crédito contra Pesquera Salvador (se trata del discutido ante el Juzgado Comercial N° 14) y dijo que sin perjuicio de las manifestaciones del síndico de Estrella de Mar S.A., que había denunciado conducta maliciosa de los Sres. Héctor Antonio, Jorge Antonio, Oscar Poletti y otrostestaferros, por el conocimiento que tenía de los hechos Pesquera Salvador S.A. estaría totalmente al margen de los presupuestos básicos que le pudieran hacer pasible de la extensión de quiebra. Esa presentación fue desestimada por no ser parte el Sr. Larocca.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:763 
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