FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de abril de 2000.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, sedeciara queresulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9 de la Provincia de Corrientes, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado Federal de Primera Instancia de Corrientes.
EDUuarDo MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — Gustavo A. Bossert — ApoLFo RoBErTto Vázauez.
SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL NEUMATICO ARG.
v. MINISTERIO DE TRABAJO, SEGURIDAD SOCIAL y OTROS JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Varias.
Si bien loatinentea la dedar ación de inconstitucionalidad de varios artículos de la ley 24.714 de Asignaciones Familiares y el consiguiente pago de esas asignaciones a los actores, no se halla taxativamente enumer ado en el art. 2° de la ley 24.655, ello no obsta al conocimiento del tribunal con especialidad en la materia.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Varias.
Lo atinente a las asignaciones familiares es materia propia de la seguridad sodal.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Varias.
La demanda por el pago de asignaciones familiares, dirigida contra el Ministerio de Trabajo y la Administración Nacional de la Seguridad Social, no contra empleador alguno, es ajena ala descripción del art. 20 de la ley 18.345 y excluye la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo.
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:716
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