Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 323:713 de la CSJN Argentina - Año: 2000

Anterior ... | Siguiente ...

tes, la escribana Alicia Liliana Graboski, con fundamento en el art. 43 dela Constitución Nacional, en la ley nacional 16.986 y en laley provincial N° 4067 (que regula el Régimen del Empleo Público), contra el Interventor Federal en la Provincia de Corrientes, afin de que se deje sin efecto el decreto-ley N° 1 del 30 de diciembre de 1999.

Cuestiona dicha norma en cuanto decretó su baja, sin sumario administrativo previo, en el cargo de Directora de Informática Jurídica y Ordenamiento Legislativo del Ministerio de Gobierno y Justicia —cargo previsto en el presupuesto y vacante, que pertenece a la Planta Permanente- en el que fue designada por Decreto N° 244 del 23 de julio de 1999 (v. fs. 1), motivo por el cual renuncióal cargo que desempeñaba en la Legislatura local por contrato.

Afirma que, al disponer el decreto- ey impugnado "...la baja como agente de la Administración Pública Provincial, de la Administración Central, Organismos Descentralizados o Autárquicos y del Poder Legislativo, a partir del 1° de Enero del 2000, al personal dependiente querevista en Planta Permanente, cuyas designaciones hubieran sido efectuadas a partir del 1° de julio de 1999...", como ocurre en su caso, lesiona, con ilegalidad y arbitrariedad manifiesta, a su entender, sus legítimos der echos garantizados por los arts. 14, 14 bis, 16, 17, 18, 19, 28, 31 y 32 de la Constitución Nacional; 16, 20, 24, 27, 29, 30 y cc. dela Constitución de la Provincia, como así también, lo preceptuado en los arts. 16, 40, 42, 43 y cc. dela ley local N° 4067.

Destaca que el acto lesivo es ilegítimo, en tanto se omitió sustanciar, previamente, el sumarioadministrativocorrespondiente, tal como loestablece el art. 40 de laley local 4067 ya que, comointegrantedela planta permanente del ministerio antes citado, goza del derecho a la estabilidad en el empleo, por lo cual se violó su derecho de defensa, pues no se han expresado las causas que generaron la decisión que cuestiona.

También, pone de relieve, quelo dispuesto en el decreto-ley le produce un grave perjuicio económico, en tanto su sueldo es el único sustento de su familia.

Manifiesta queinterpone la demanda antelajusticia federal, pues el acto cuestionado emana del Interventor Federal, funcionario que, conformea la Ley de Intervención N° 25.236, fue designado por el Po

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

72

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2000, CSJN Fallos: 323:713 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-713

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 323 Volumen: 1 en el número: 713 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos