672 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA sal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo con lo expresado. Reintégrese el depósito. Notifíquese, agréguese la queja al principal y remítase.
EDUARDO MoLINÉ O'CONNor — GuiLLerMo A. F. Lórez — Aporro RoBERrTO VÁZQUEZ. SUPERIOR TRIBUNAL De JUSTICIA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Juicio.
Corresponde rechazar el recurso extraordinario en el caso en que se dispuso la cesantía del contador general del Poder Judicial de una provincia ya que las resoluciones de los tribunales, dictadas en actuaciones de superintendencia, ho constituyen —como regla- el juicio al que se refiere el.art. 14 de la ley 48. - .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Tribunal de justicia.
No procede el recurso extraordinario contra una resolución administrativa si el recurrente omite demostrar que ella no es susceptible de revisión por vía de acción o de recurso.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 28 de marzo de 2000.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Daniel Alejandro Biderbost en la causa Superior Tribunal de Justicia s/ iniciación de sumario de investigación", para decidir sobre su pro cedencia.
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:672
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