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Fallos: 323:4570 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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orienta en ese sentido. La independencia judicial, desarrollada en sus orígenes en referencia al ejerciciodela función jurisdiccional, también abarcó la independencia de criterio del magistrado, ello con la finalidad de asegurar la garantía de la inamovilidad en las funciones mientras dure la buena conducta.

Institucionalizada la doctrina de la separación de Poderes, la inamovilidad se convirtió en un elemento esencial de la independencia del órgano judicial.

6?) Que, a su vez, el Artículolll, sección 1, dela Constitución delos Estados Unidos, antecedente del art. 110 de la Constitución Nacional, establece que "Los jueces de la Suprema Corte y delostribunalesinferiores conservarán en sus funciones mientras dure su buena conducta...". Al respecto se ha señalado que cuando el comportamiento del juez deja de ser bueno queda implícito que su derecho a mantenerse en la magistratura ha cesado, y que ello habilita al Congreso a removerlosi su conducta, aunque nocriminal, interfiere con la administración de justicia o indica un serio abandono de los deber es propios del cargo. Así, la independencia del Poder Judicial se corresponde con la buena conducta del magistrado. La división de poderes garantiza su mantenimiento en el cargo en tanto conserve su buena conducta; la eventual remoción, en caso contrario, noaltera el principio enunciado conf. fallo de este Jurado en el caso "Dr. Víctor Hermes Brusa, s/ pedido de enjuiciamiento, 30 de marzo de 2000, considerando 34 y la doctrina allí citada).

7) Queel conocido sistema de fr enos y contrapesos concebido para limitar el ejercicio del poder, adoptado en nuestro país según los lineamientos de la Constitución Norteamericana, sufrió una seriede modificaciones en la reforma constitucional de 1994. Esas innovaciones tuvieron la finalidad de atenuar el régimen presidencialista, fortalecer el Congreso y asegurar más aún la independencia del Poder Judicial de la Nación. Es interesante recordar la opinión vertida al respecto por el actual Presidentedela Suprema Corte delos Estados Unidos de Norteamérica William Rehnquist. Dice Rehnquist que una de las tantas señales de genio que ostenta la Constitución de Estados Unidos es el razonable equilibrio en la estructura del Poder Judicial, evitando, por un lado, su subordinación a los poderes supuestamente más vi gorosos, legislativo y ejecutivo y, por el otro, evitando el total aislamientodela institución respecto de la opinión pública (Rehnquist, William

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4570 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-4570

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