sistemas de designación y juzgamiento de magistrados inferiores previstos en la Constitución histórica. En efecto, casi ciento cincuenta años de nuestra historia política institucional enseñan que no siempre, o mejor dicho, en repetidas oportunidades las decisiones del Poder Ejecutivo Nacional y del Senado de la Nación en punto a designaciones o juzgamientos de magistrados no han estado en línea con el principiodeindependencia del Poder Judicial. Por el contrario, sehan puesto en pugna con dicha garantía, concebida y entendida dentrodel régimen republicano para proteger ala sociedad de los desvíos autoritarios olos abusos de poder.
Luego, sólo en tal marco de agotamiento y crisis del sistema de designación de magistrados, que modificó el constituyente de 1994, pueden considerarsela sdlicitud del Poder Ejecutivo y el acuerdo otorgado por el Senado para que el Dr. Víctor Hermes Brusa haya sido designado Juez de la Nación. Con el respeto que me merecen muchos de los hombres y mujeres que han integrado e integran la Cámara Alta del Congreso Nacional y renovando mi testimonio de afecto y gratitud personal a quien presidía la Comisión de Acuerdos en la ocasión, representante de mi Provincia además, el escribano don Deolindo Felipe Bittel, un mandato de conciencia irrenunciable me exige afirmar que el voto de la mayoría de los senadores que decidió prestar acuerdo para la designación del Dr. Víctor Hermes Brusa, en el examen de sus antecedentes personales no privilegiólos requisitos de idoneidad e independencia propios del perfil de un Juez de la Nación.
Dolorosamente expongo mi convencimiento de que aquella mayoría senatorial no pudo vencer su compromiso e identificación política con un proyecto de poder que encarnaba el Presidente de la Nación y aplicó la ley del olvido a las graves acusaciones que tenía ala vista sobre violación de der echos humanos formuladas al Dr. Víctor Hermes Brusa por sus víctimas y por el informe final de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas titulado Nunca Más. Es decir, que en sintonía con su jefe político, los senadores de la mayoría infringieron una grave ofensa a la conciencia moral de la sociedad argentina del mismo modo que antes aquel lo había hechoal indultar alos responsables del genocidio y los años de horror que vivió la Nación desde comienzos del año 1970 y especialmente a partir del 24 de marzo de 1976.
Y son precisamente esas valoraciones políticas, inspiradas en la sola identificación con un proyecto de poder, de partido o defacción, lo
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4562
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