extinción contractual, por la presunción —que construyóa partir deun mero indicio, no apto para formarla por ser aislado y contradicho por otras constancias de la causa— de que el actor había admitido extinguir unarelación que, como la que mantenía con la demandada, era su fuente de subsistencia y a cuya ejecución tenía afectada prácticamentetoda su granja.
12) Que esa condusión, en tanto basada en la presunción de que en el caso había sucedido lo que no es normal que ocurra, importó contrariar la sana crítica judicial, y derivó en la eximición a Cargill S.A. dela carga probatoria que sobre su parte pesaba, pese a que ella misma había admitido que "...la libertad para apartarse del contrato reconocía] una limitación a través del respeto del preaviso..." y la necesidad de que el derecho a separación no fuera ejercido en forma abusiva (fs. 191 vta.).
13) Quetales defectos dela sentencia hacen procedente el recurso, toda vez que, en desmedro de una adecuada hermenéutica de las normas en juego y de las circunstancias acreditadas en el sub lite, el tribunal ha sustentado su decisión en argumentos sólo aparentes con serio menoscabo de las garantías invocadas por la recurrente.
Por ello, y oídoel señor Procurador Fiscal, sedeclara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con costas. Agréguesela queja al principal y reintégrese el depósito. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar un nuevo pronunciamiento de conformidad con lo aquí resuelto. Notifíquese y remítase.
EDUARDO MoLINÉ O'Connor.
ROBERTO FELICETTI y OTROS - "LA TABLADA"
MINISTERIO PUBLICO.
Desde que la Convención Constituyente del '94 definió al Ministerio Público como un órgano extra—poder de naturaleza bicéfala, independiente de los poderes del Estado, confiándole la función de promover la actuación de la justicia en
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4130
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