Para prevenir estetipo de episodios la autoridad aeronáutica r ecomendaba "una revisión del Manual de operaciones" quer edundaría en beneficio de la empresa "respecto de la eficiencia y seguridad de sus operaciones" y en particular "mientras persistan las limitaciones del Aeródromo Jacobacci". La recomendación se extendía a la utilización de equipos de energía de tierra, lo que "posibilitaría su detención en esas escalas, para un movimiento sin riesgo de personas y vehículos en sus cercanías" (fs. 175 expte. citado). Cabe consignar que los equipos de tierra conocidos como "carros de arranque" tienen un valor estimado por el perito de $ 1.100 aproximadamente (informe de SAPSE a fs. 987, peritajefs. 1006).
Que el informe pericial agregado a fs. 916/922 de estos autosreitera la necesidad de cumplir las medidas de seguridad señaladas y resalta lo que denomina "una serie de irregularidades administrativas como operacionales y técnicas por parte de la empresa SAPSE" (fs.
921) destacando que "por manual las puertas de bodega se encuentran en la proa de la aeronave a ambos lados (izquierdo y derecho) y en la cola en su lateral izquierdo" (fs. 919), lo que ratificó de visu según surge defs. 1007, y que, si bien el recorrido efectuado por la víctima no era el normal, "no había personal de la empresa SAPSE, queleimpidiera el tránsito por el lado der echo del avión (motor en marcha)" (fs.
919). Tal afirmación contradice lo dicho por la empresa afs. 75.
Finalmente, el experto expone sus conclusiones afs. 1009. Dice: a) que confirma "las irregularidades administrativas, operacionales y técnicas de la empresa SAPSE verificadas en la Provincia de Río Negro: ciudad de Viedma y AN Ingeniero Jacobacci"; b) que el accidente ocurrió durante la operación de desembarque y que SAPSE es el responsable y que fueron "factores contribuyentes" la falta de despachantes de aeronaves con licencia aeronáutica habilitante (empresa SAPSE) y "la falta de personal responsable del aeródromo por parte de la Provincia de Río Negro ya que a la fecha del siniestro no había Jefe de Aeródromo designado". Destaca asimismo las precarias e insuficientes condiciones de equipamiento y servicios esenciales del aeródromo fs. 1009). El dictamen producido no fue impugnado por las partes y fue suscripto conjuntamente por el consultor técnico de la Provincia de Río Negro.
Por último, cabe recordar las declaraciones de los testigos Carlos Guillermo Cuburu y Martínez de Sartor. El primero afirma que no existían elementos de seguridad (fs. 491 de estos autos) y la segunda
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:3578
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