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Fallos: 323:3001 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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cisiva para establecer con precisión el carácter de los bienes relictos, y realizar la partición y adjudicación de los mismos.

Atento lo expresado, la situación del sub lite resultaría asimilable, en lo pertinente, a aquella en que la acción se dirige contra coherederos y persigue la incorporación de bienes al proceso sucesorio a los fines del cálculo de la legítima, supuesto que V.E. ha considerado incluido en el fuero de atracción (v. doctrina de Fallos: 312:1625 ).

Por todo lo expuesto, soy de opinión que corresponde dirimir la contienda disponiendo que compete al señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 14, del Departamento Judicial de San Isidro, entender en la presente causa. Buenos Aires, 16 de agosto de 2000. Nicolás Eduardo Becerra.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de octubre de 2000.

Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 14 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Ares, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Tnstancia en lo Civil N° 10 y a la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones de dicho fuero.

EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO César BELLUSCIO — ENRIQUE — SANTIAGO PETrACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUSTAVO A. Bossert — ApoLro ROBERTO VAZQUEZ.

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:3001 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-3001

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