lo contrario importa privilegiar un excesivo rigor formal con grave menoscabo de garantías constitucionales.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.
Es admisible el recurso extraordinario contra la sentencia de primera instancia que dispuso llevar adelante la ejecución fiscal, toda vez que la decisión no es apelable en razón de la reforma introducida por la ley 23.658 al art. 92 de la Jey de procedimientos tributarios. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba, Lasentencia que desestimó la excepción de inhabilidad de título opuesta por la demandada y mandó llevar adelante la ejecución fiscal, es arbitraria y debe dejarse sin efecto, toda vez que el a quo omitió toda valoración de la prueba aportada por la ejecutada, emanada del propio Fisco Nacional y que éste no desconoció al contestar la excepción mencionada.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: .
—I-
La Administración Federal de Ingresos Públicos inició ejecución fiscal contra Pesquera Alenfish S.A., por $ 988.464,85 en concepto de capital e intereses correspondientes a recursos del Régimen Nacional de la Seguridad Social por los períodos fiscales 9/92 a 12/93, conforme resulta del Acta de Inspección N" 107.838/0, del 8 de julio de 1994 6.7).
—I-
Afs. 57/60, el ejecutado opuso la excepción de inhabilidad de título. Señaló que el acta aludida en la boleta de deuda fue impugnada en tiempo y forma el 2 de agosto de 1994, procedimiento que tuvo resolución parcialmente favorable a su parte (ver copia de Res. N° 488/96 del
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2802
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