Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 323:2564 de la CSJN Argentina - Año: 2000

Anterior ... | Siguiente ...

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.

Si bien debe ser reconocida la trascendencia de las técnicas y principios tendientes a la organización y desarrollo del proceso, no cabe legitimar que dichas formas procesales sean utilizadas mecánicamente con prescindencia de la finalidad que las inspira y con olvido de la verdad jurídica objetiva, pues ello no es compatible con un adecuado servicio de justicia.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Varias.

Es arbitraria la sentencia que, so color de un supuesto respeto al principio de la cosa juzgada, convalidó el monto de un crédito originado en una multa dirigida a reprimir una inconducta procesal, pues esa circunstancia carece de aptitud como para justificar una eventual desproporción, en tanto no cabría tolerar que un originario propósito represivo se traduzca en una fuente injustificada de enriquecimiento ilícito, ni que se quiebre toda norma de razonabilidad, violente los principios establecidos en los arts. 953 y 1071 del Código Civil y desnatura lice la finalidad de la pretensión entablada.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte: .

—I- . ! La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala III), rechazó el recurso extraordinario deducido por la demandada contra la decisión del tribunal por la que aprobó la liquidación de fs. 512/814 y confirmá, en lo restante, lo resuelto a fs. 1096/1097 (fs. 1179/1192), con apoyo en que resulta función privativa del Alto Cuerpo apreciar si las sentencias son arbitrarias y en que no se trata de los supuestos del artículo 14 de la ley 48 (fs. 1228 del expediente principal).

Contra dicha decisión viene en queja la accionada, por motivos que, en lo substantivo, reproducen los expuestos al deducir el recurso extraordinario. Enfatiza la falta de fundamentos de la denegación, la que reputa arbitraria (fs. 62/82 del cuaderno de queja).

—I- .

En lo que aquí interesa, debe decirse que la Sala III de la Cámara laboral, al pronunciarse sobre la apelación llevada a esa instancia, aplicó

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

98

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2564 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-2564

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 323 Volumen: 2 en el número: 1254 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos