gencia de una norma y su congruencia con el resto del sistema a que está engarzada, es la consideración de sus consecuencias..." (Fallos:
234:482 ; 295:1001 ; 303:917 ), como también que "...la interpretación de las leyes debe hacerse siempre evitando darles aquel sentido que ponga en pugna sus disposiciones destruyendo las unas por las otras, y adoptando, como verdadero, el que las concilie y deje a todas con valor y efecto (Fallos 285:322 ; 287:79 ...) y comprende, además, su conexión con otras normas que integran el ordenamiento jurídico vigente, del modo que mejor concuerden con los principios y garantías de la Constitución Nacional (Fallos 292:211 ; 297:142 ...)..." (Fallos 307:2053 ; 307:2070 ).
En este último sentido, parece insoslayable mencionar la recepción constitucional —en el nuevo art. 42-, de los derechos de los consumidores, entre ellos, a la protección de la salud 0 a la información adecuada y veraz y su estrecha relación con las posibles consecuencias de una solución adversa ala interpretación que se propicia.
—VILPor último, con referencia a la infracción a la Resol. 323/93, estimo que el recurso esinfundado, toda vez queel recurrente, en sustento de su pretensión, se ha limitado a hacer consideraciones generales, sin proponer una interpretación disímil de la norma respecto de aquélla realizada por el a quo.
— VII Por lo expuesto, opino que V.E. debería declarar procedente el recurso, sólo respecto de la cuestión abordada supra en el acápite VI y revocar parcialmente la sentencia, en lo que a este aspecto serefiere.
Buenos Aires, 28 de Diciembre de 1999. Nicolás Eduardo Becerra.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de junio de 2000.
Vistos los autos: "Arcor S.A.I.C. e/ ANMAT —Expte. 2635/95-3— s/ proceso de conocimiento".
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1644
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