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Fallos: 322:2066 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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VoTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:

19) Que el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 de La Plata resolvió postergar la extradición de Miguel Angel Moreira Albareda a la República Oriental del Uruguay hasta tanto se sentenciara en definitiva en un proceso penal que tramita ante la justicia provincial en la República Argentina. Contra esa decisión el nombrado interpuso recurso de apelación ordinaria que fue concedido y fundado por el defensor oficial ante esta Corte, con apoyo en que dadas las circunstancias del caso el diferimiento dispuesto lo priva del derecho que le asiste a que se resuelva su situación procesal en sede extranjera. Al respecto, plantea que ya se cumplió el término de ley para estar detenido en la causa que tiene en ese país y que, en consecuencia, debe ser inmediatamente trasladado al extranjero para que se le concedan los beneficios que allí la ley vigente le acuerda.

29) Que, las circunstancias del caso en este precedente difieren de las contempladas en Fallos: 318:595 , allí el tratado aplicable remitía ala ley interna para resolver el punto (considerando 5? del voto de los jueces Bossert y López; considerando 6? de la disidencia de los jueces Moliné O'Connor y Boggiano; considerando 6° de la disidencia del juez Belluscio y considerando 5? de la disidencia del juez Petracchi). Aquí, en cambio, el tratado no contempla pautas que permitan establecer el alcance y presupuestos conforme a los cuales el Estado requerido ha de ejercer el poder de hacer entrega o no del requerido (art. 25 del tratado).

39) Que, en tales condiciones, ante el silencio del propio tratado, cabe recurrir como método de interpretación, a grupos de tratados sobre la misma materia, pues el convenio no es un elemento aislado, sino integrado a un sistema normativo del cual forma parte, según lo admite la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia Rights of Nationals of the United States of America in Moroco 1ICJ Reports 1952 pág. 176; Constitution of Maritime Safety Committee of IMCO, ICJ Reports 1980, pág. 73; P. Reuter, Traités et Transactions.

Reflexions sur Videntification de certain engagements con ventionneles, en International Law at the time ofits codification. Essays in Honour of Roberto Ago, Milan 1987 vol. I pág. 299).

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2066 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2066

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