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Fallos: 322:1061 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 27 de mayo de 1999.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en esta causa el Juzgado Federal con asiento en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado de Instrucción de la Cuarta Nominación de esa provincia. .

JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CArLos S. FAYr (en disidencia) — AUGUSTO César BELLUsCIO (en disidencia) — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia) — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO
A. F. Lórez — Gustavo A. Bosserr (en disidencia) — Anouro Rosero

VÁZQUEZ. .
DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOS S. FAYT,
DON Augusto César BELLUSCIO, DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Y DON Gustavo A, Bossert Considerando:

19) Que estas actuaciones se inician en el Juzgado de Instrucción de la Cuarta Nominación de la Provincia de Catamarca a raíz de la denuncia formulada por la fiscal de Estado de esa provincia, en la que solicitó que se investigase la posible comisión del delito de enriquecimiento ilícito por parte de Ramón Eduardo Saadi durante su desempeño como gobernador de esa provincia y senador nacional, ya que pese a requerirlo oportunamente, el nombrado no había justificado ni acreditado la procedencia y evolución del incremento en su situación patrimonial 0 a través de interpósita persona, de lo que da cuenta la adquisición de una propiedad con posterioridad a la asunción de la totalidad de esos cargos públicos (ver escrito de fs. 2/10 vta. y requerimiento de instrucción formal de fs. 104/105 del expte. "5" N° 16/98).

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:1061 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-1061

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