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Fallos: 321:2578 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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321 una violación del art. 10 de la Convención Europea de Derechos del Hombre y, en consecuencia, condenó al Estado austríaco a pagar una indemnización en favor de Lingens.

En un caso posterior ("Castells c. España", serie A, N° 236, sentencia del 23/4/92), la Corte europea ha reiterado que los límites de la crítica admisible son más amplios con respecto a un gobernante que con relación a un simple particular o aun un hombre político. Y prosiguió: "En un sistema democrático, sus acciones u omisiones [las del gobernante] se deben encontrar ubicadas bajo el control atento, no solamente de los poderes Legislativo y Judicial, sino también de la prensa y la opinión pública. Por otro lado, la posición dominante que él ocupa le impone guardar mesura en el uso de la vía penal, sobre todo si tiene otros medios de responder a los ataques y críticas injustificadas de sus adversarios o de los medios..." (parágrafo 46).

12) Que análogos criterios han inspirado la jurisprudencia de la Suprema Corte norteamericana. Así, se ha dicho que la clase de robusto debate político alentado por la Primera Enmienda está ligado a la producción de discursos críticos respecto de aquellos que desempeÑan cargos públicos o que son figuras públicas que están íntimamente involucradas en la resolución de importantes cuestiones de igual naturaleza ("Hustler Magazine vs. Falwell", 485 US 46, 51 —1987-). Ya el juez Frankfurter había dicho que "una de las prerrogativas de los ciudadanos americanos es el derecho a criticar a los hombres públicos y sus medidas" ("Baumgart- ner vs. United States", 322 US 665, 673674-—1944-).

Como dijo el juez Douglas al desarrollar el voto de la mayoría en el caso "Terminiello vs. Chicago" (337 US 1, 4 -1948-) "...una función de la libertad de palabra bajo nuestro sistema de gobierno es inducir a la disputa. El mejor modo de alcanzar ese alto propósito se logra cuando aquélla provoca incertidumbre, cuando crea insatisfacción acerca del estado de cosas o aun cuando suscita irritación en la gente.

El discurso es muchas veces provocativo y desafiante".

El juez Brennan, al expresar a la mayoría en "New York Times vs.

Sullivan", subrayó que la Corte había establecido en "Bridges vs.

California" que "es un preciado privilegio americano decir lo que se piensa —aunque no siempre se haga con exquisito buen gusto—, sobre todas las instituciones públicas" ("New York Times vs. Sullivan" 376 US 254, 269 -1964-).

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2578 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-2578

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