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Fallos: 321:2552 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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Resulta:

1) A fs. 43/59 se presenta Rita Ortiz por apoderado, e inicia demanda por daños y perjuicios contra la Provincia de Buenos Aires Hospital Interzonal de Agudos Vicente López y Planes). .

Dice que el día 13 de abril de 1994 la actora ingresó en el Hospital Vicente López y Planes para ser intervenida quirúrgicamente de un reemplazo total de cadera. Según consta en la historia clínica, registraba un dolor en la región anterior de la cadera izquierda desde hacía aproximadamente cinco años, que aumentaba con la actividad física, el frío o la humedad. Con el tiempo el dolor fue incrementándose haciéndose bilateral con predominio del lado izquierdo. Pese a ello, se manejó y deambuló por sus propios medios sin el uso de bastones y sin recurrir al auxilio de terceros.

El 18 de abril fue "evolucionada" nuevamente, lo que indica que transcurrieron cuatro días sin que fuera controlada por ningún facultativo. Ello demuestra la conducta negligente y temeraria de los médicos ya que los controles a los pacientes en las etapas anteriores y posteriores al acto quirúrgico son indispensables. Ese día 18 los análisis de laboratorio indicaron dos datos importantes que no se tuvieTon en cuenta: la elevada eritrosedimentación y el tiempo prolongado de protrombina. Asimismo la historia clínica hace mención a la existencia, comprobada por vía radiológica, de una osteofitosis bilateral de caderas, una fractura anterior de cabeza femoral y achatamiento y signos de destrucción ósea en ambas articulaciones coxales. La referencia a la fractura de cabeza femoral con destrucción ósea debería haber inquietado a los especialistas a fin de estudiar si era de origen patológico y descartar patologías degenerativas no artrósicas. La cirugía prevista para el día 19 de abril -añade- fue suspendida por falta de instrumental y se le programó nuevamente para el día 27 sin que durante ese lapso fuera controlada. La operación se volvió a programar para el día siguiente y finalmente se la operó el 10 de mayo.

Advierte que la historia clínica consigna que un día antes, es decir el 9, ingresó en el servicio para ser operada de artrosis de cadera. Esos datos indican que desde el 28 de abril no fue controlada y que transcurrieron 27 días desde su internación hasta la operación, lo que le provocó una severa depresión.

Dice que en el parte quirúrgico, con letra casi ilegible, el firmante sin sello ni aclaración de firma) mencionó el reemplazo total de cade

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2552 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-2552

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