resuelto como en la interpretación de normas federales. El auto de fs. 277/278 fue suficientemente explícito en cuanto circunscribió la admisibilidad del recurso a la mencionada cuestión federal y el apelante no interpuso la queja correspondiente. De ahí que la jurisdicción de la Corte ha quedado abierta, en principio, en la medida en que la ha otorgado la alzada, es decir, en cuanto se pone en tela de juicio el alcance e interpretación de normas federales.
3?) Que si bien los agravios vertidos en el recurso extraordinario afirman la existencia de una controversia en punto a normas federales, en realidad sólo traducen una mera discrepancia con las razones de hecho y prueba que fundan el fallo del a quo, aspectos que —como ya se ha dicho en los considerandos precedentes— han quedado fuera de la competencia de esta Corte por no haberse deducido el recurso de hecho pertinente. En efecto, en el sub lite no está en cuestión la interpretación y alcance del art. 35 de la ley 22.232, que el recurrente pretende que se aplique, sino que lo que se discute es si el ejecutante ha acreditado debidamente el mantenimiento y vigencia de las condiciones que originariamente justificaron que al inmueble gravado a favor del Banco Hipotecario Nacional se lo considerase inejecutable e inembargable.
Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario interpuesto, con costas. Notifíquese y remítase.
JuLIo S. NAZARENO — EpvarDo MoLIN£ O'Connor (en disidencia) — CARLos S. FAYr (en disidencia) — AuGusto César BELLUsCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F: López (en disidencia) — Gustavo A. BosserT — AnoLFo ROBERTO VÁZQUEZ.
DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINÉ
O'Connor y DE LOs SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOs S. FAYT Y DON GUILLERMO A. F. López Considerando:
19) Que contra la sentencia de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, al confirmar la de primera instan
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1999
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