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Fallos: 321:1972 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 13 de agosto de 1998.

Vistos los autos: "Cedale, Eduardo Antonio y otros c/ Estado Nacional s/ empleo público".

Considerando:

19) Que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 2254/90, por el cual removió a cuatro de los cinco miembros del Tribunal de Cuentas de la Nación. Como fundamento de dicho decreto, expresó que la ley 20.677 había derogado la norma que establecía que los miembros del tribunal de cuentas debían ser designados con acuerdo del Senado de la Nación. Entonces "[...] al reasumir el Poder Ejecutivo la facultad de nombrar por sí solo a los miembros del Tribunal de Cuentas, ello conlleva aparejada la facultad de removerlos, también sin necesidad de acuerdo [del Senado], siendo nombramiento y remoción anverso y reverso de la misma cuestión" (conf. decreto 2254/90).

El decreto fue emitido sin que se hubiera realizado sumario previo a dichos miembros, los que se habían desempeñado en la Administración Pública Nacional durante no menos de treinta años cada uno conf. segundo párrafo de fs. 13 vta.). 2?) Que, a raíz de lo expuesto, los cuatro ex integrantes del tribunal de cuentas interpusieron una demanda ordinaria contra el Estado Nacional, en la que solicitaron la invalidación del decreto 2254/90 y la reparación del daño material y moral originado (fs. 13/33).

3?) Que el señor juez de primera instancia hizo lugar a la pretensión de los demandantes en la sentencia de fs. 282/292, que fue confirmada por el a quo en cuanto había hecho lugar a la nulidad del decreto, revocada en relación a la reparación del daño material, y se elevó la indemnización por daño moral a la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000) a cada uno de los actores; con costas en ambas instancias a la demandada (fs, 364/364 vta.).

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1972 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1972

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