generalmente notiene derivaciones mayores— días después muera por haber desarrollado una infección generalizada.
De este modo, la responsabilidad del ente asistencial demandado se vinculó con el incumplimiento de la prestación a su cargo y por haber violado la garantía que indicaba que sus profesionales debían ser idóneos.
En síntesis, setrató de un planteo independiente y diferenciado de la eventual responsabilidad "directa" delos médicos frenteal paciente por las culpas en que pueden incurrir por su intervención profesional .
Corrobora tal afirmación, manifestaciones de la accionante tales como que "durante el agónico proceso que se relata los familiares de Velasco intentaron vanamente ser informados con precisión y detalle por los diferentes médicos que desfilaban en la atención del paciente...", "cada día, un profesional diferente perteneciente al Pdliclínico Bancario, brindaba escuetas y evasivas respuestas...". Asimismo, que "murió (aparentemente) víctima de una septicemia generalizada dela cual ningún médico quiso dar mayores explicaciones", lo que revela su disconformidad por el desorden administrativoimperante y el mal servicio.
7°) Que en este orden de ideas, se observa que el argumento de la cámara consistente en que la recurrente no aportó los elementos constitutivos de la culpa del demandado, denota una apreciación excesivamente rigurosa incompatible con un adecuado servicio dejusticia.
Es del caso recordar, que la demostración del actuar médico suele ser una tarea extrenadamente dificultosa, dado que por lo general se trata de una suma de diferentes hechos que tienen conexión causal unos con etros, en donde noes sencillo fijar con exactitud el generador directo del daño. Todolocual, seve agravado con la complejidad técnica del tema y el denominado por la doctrina "secreto de quirófano". Se infiere en consecuencia, que la recurrente optó por reprochar directamente al deudor principal (Pdiclínico Bancario) el incumplimientode la obligación de seguridad que tenía frente a su acreedor (paciente beneficiario del servicio, quefalleció) porque este desenlace —de acuerdo alas circunstancias de tiempo, modo y lugar— no pudo haber acaecido sin el actuar disvalioso de los médicos, enfermeros, etc. dependientes dela dínica.
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1607 
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