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Fallos: 321:1601 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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dado, como era en el casola historia dínica del paciente, denota una apreciación excesivamente rigurosa, incompatible con un adecuado servicio de justicia (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

OBRAS SOCIALES.
La obra social debe cercior arse de que cuenta con los medios (médicos, auxiliares, etc.) y materiales (instalaciones, instrumental, medicamentos, etc.), en oportunidad cantidad y calidad adecuadas conforme a las circunstancias que seimpongan, de ahí que el término "resultado" tenga un valor relativo, ya que no se garantiza un resultado final como por ejemplo, la curación del paciente (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

RESPONSABILIDAD MEDICA.
La obligación tácita de seguridad, que puede ser subjetiva u objetiva y de resultado, consiste en evitar toda deficiencia del servicio médico prestado y debería, cuanto menos, asimilarse a la de los establecimientos hospitalarios públicos, en tanto que es ese el "standard mínimo" que el propio estado suministra a la ciudadanía en general (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

PRUEBA: Ofrecimiento y producción.

En la mayoría de los casos de responsabilidad médica se trata de situaciones extremas de muy difícil comprobación, por lo que cobra fundamental importanca el concepto de la "carga dinámica de la prueba" o "prueba compartida" que hace recaer en quien se halla en mejor situación de aportar los elementos tendientes a obtener la verdad objetiva, el deber de hacerlo (Disidencia del Dr.

Adolfo Roberto Vázquez).

PRUEBA: Ofrecimiento y producción.

En la mayoría de los casos de responsabilidad médica se trata de situaciones extremas de difícil comprobación, por lo que en materia de prueba se abandonan los principios rígidos para perseguir la solución materialmente justa, por lo que ambas partes tienen la obligación de aportar sus pruebas tendientes a que el juzgador pueda desentrañar mejor la verdad objetiva, más allá de la meramente formal (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

RESPONSABILIDAD MEDICA.
La historia dínica es un medio de prueba que permite observar la evolución médica del paciente, y en algunos casos, incluso, permite vislumbrar la relación

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1601 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1601

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