Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Vuelvan los autos al juzgado de origen para que por medio de quien corresponda se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo con el presente. Agréguese la queja al principal. Exímese a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica de efectuar el depósito corres pondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial , cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada 47/91 confr. fs. 222 vta.). Notifíquese y remítase.
JutIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — Caros S. FAYT — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según mi voto) — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez — Gustavo A.
Bossert — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ. .
VOTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:
19) Que la firma Laboratorios Rontag publicó, según ha sido probado en las instancias ordinarias, un anuncio en el diario La Nación.
En él se expresó lo siguiente:
"Laboratorios Rontag informa al Cuerpo Médico, que con acuerdo de Pharmascience Inc. de Canadá, proveedor de Clorhidrato de Tacrine, se encuentra en el comercio su producto: COGNITIV. [El clorhidrato de Tacrine es la) Primera droga autorizada por la E.D.A. para la enfermedad de Alzheimer leve o moderada. COGNITIV se expende bajo receta archivada, para ser utilizado exclusivamente por el especialista (Disposición, ANMAT, nro. 1680/94)" (fs. 53).
Este aviso fue publicado en la primera sección de dicho diario, en la parte central de la página N° 5, el martes 16 de agosto de 1994. Su tamaño fue de 16 x 16 centímetros.
2) Que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (en adelante, "ANMAT"), ordenó a dicho laboratorio y a su director técnico que pagaran una multa de diez mil pesos cada uno. Dicha multa fue principalmente basada en que Rontag había violado cierta norma a raíz de la publicación del transcripto anuncio (conf. resol. N° 3992 emitida por el ANMAT).
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1438
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