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Fallos: 321:1415 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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RAUL ALBERTO PEREYRA y OTROS v. J. G. PADILLA y Cía. S.A. y Otros RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Concepto.

Para que una cuestión federal resulte atendible por la vía del recurso ex traordinario es menester que la cuestión oportunamente propuesta se vincule de una manera estrecha con la materia del litigio, de modo tal que su dilucidación resulte indispensable para la decisión del juicio. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos.

Los fallos que tienen fundamentos no federales suficientes para sustentarse son irrevisables en la instancia extraordinaria, ya que la presencia de aquéllos impide considerar otros de índole federal que pudiera contener la sentencia, por falta de relación directa e inmediata. " RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Corresponde desestimar el recurso extraordinario si un eventual fallo revocatorio de la Corte sobre la materia federal de la controversia no modificaría en lo más mínimo su conclusión afirmativa basada en los otros fundamentos irrevocables que bastan para decidir el caso. , RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos.

Corresponde desestimar el recurso extraordinario si a través de cuestiones de derecho común como la interpretación de una convención colectiva de trabajo y de la ley 14.250, la cámara concluye en la improcedencia del aporte discutido y esta decisión permanecería inalterada aunque las recurrentes tuvieran éxito en su defensa de la constitucionalidad del art. 3? de la ley 14.546 y en su reivindica ción de ser las únicas legitimadas para celebrar convenciones colectivas de trabajo en representación de los viajantes de comercio.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buenos Aires, 12 de mayo de 1998. Vistos los autos: "Pereyra, Raúl Alberto y otros c/ J. G. Padilla y .

Cía. S.A. y otros s/ acción declarativa".

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1415 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1415

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