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Fallos: 320:867 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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Por ello, se declara inadmisible el recurso extraordinario deducido por el condenado Scilingo. Notifíquese y devuélvanse los autos principales.

JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — GUILLERMO A. F.

LórPEZ — AnoLro ROBERTO VÁZQUEZ.

ESTELA NOEMI GERMADE Vpa. DE REBOLLO v.


PROVINCIA DE BUENOS AIRES y OTROS
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.

Corresponde rechazar la demanda deducida contra el Estado Nacional y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por los daños y perjuicios sufridos a raíz de la muerte de una persona si no se ha acreditado la relación —' causal entre el fallecimiento y los hechos que comprometerían sus responsabilidades.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de mayo de 1997.

Vistos los autos: "Germade viuda de Rebollo, Estela Noemí c/ Buenos Aires, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios", de los que Resulta:

DA fs. 9/12 se presenta Estela Noemí Germade de Rebollo, por sí y en representación de sus hijos menores Mariana Laura, Gustavo Christian, Leonardo Hernán y Ariel Alberto Rebollo, e inicia demanda contra el Estado Nacional y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por los daños y perjuicios sufridos a raíz de la muerte de Alberto Francisco Rebollo, esposo y padre de los demandantes.

Dice que cuando el día 3 de julio de 1990, en horas de la madrugada, Rebollo conducía el automóvil de alquiler Renault 12, patente

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:867 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-867

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