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Fallos: 320:635 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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JUECES.
El principio constitucional de separación de poderes no consiente a los jueces el poder de prescindir de lo dispuesto por la ley respecto del caso, so color de desacierto o injusticia (Disidencia de los Dres. Julio S. Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de abril de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Comisión Nacional de Valores c/ Ingenio y Refinería San Martín del Tabacal S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial dela Nación ).

Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 1. Notifíquese y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.

JuLto S. NAZARENO (en disidencia) — EDUARDO MoLINE O'Connor (en disidencia) — Car1os S. FAYr — AuGusto CÉsar BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lópz (en disidencia) — Gustavo A. Bossert — ADoLro RoBErto VAZQUuEz (en disidencia).


DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON JULIO S. NAZARENO, DEL
SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINÉ O'CONNOR Y DE Los
SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON GUILLERMO A. F. LórEZ Y DON ADOLFO
RoBErto VÁZQUEZ Considerando: .

19) Que contra el pronunciamiento de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, al revocar lo resuelto

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:635 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-635

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