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Fallos: 320:415 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto.

Es descalificable el pronunciamiento que extendió el valor formal de la cosa juzgada más allá de límites razonables, con grave menoscabo del derecho de defensa en juicio (Disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor),
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1 de abril de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Banco de la Ciudad de Buenos Aires c/ García; Héctor Ricardo", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: .

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). .

Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 2090. Notifíquese y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLiNé O'Connor (en disidencia) — Carios S. FAYT — AUGUSTO César BeLLUscIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BOssErT.


DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR
DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Considerando:

19) Que contra la sentencia de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, al confirmar la dictada en primera instancia, hizo lugar a la demanda interpuesta por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires contra el fiador del crédito fundante de la

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:415 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-415

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