ma, para sustituirlo por uno en el cual la mayoría de esta Corte, cada vez que el ejercicio de aquel control no le satisface, saltea las instancias regulares para negar la competencia del órgano que lo ejerció.
Por ello, oído el señor Procurador General, se desestima la presentación directa. Hágase saber, devuélvanse los autos principales al tribunal de origen y, oportunamente, archívese.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.
ALEJANDRO NIEVA y Otros v. PODER EJECUTIVO NACION - Decreto 375/97
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
e A fs. 2/9, diez diputados del Congreso de la Nación promovieron acción de amparo, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional y de la ley 16.986, a fin de obtener que se declare la inconstitucionalidad del decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 375/97, por el cual se estableció el marco normativo que regirá la concesión de la explotación, administración y funcionamiento del conjunto de aeropuertos nacionales e internacionales que se detallan en su Anexo I.
Sostuvieron que todas las disposiciones contenidas en dicho decreto violan el debido proceso legal adjetivo y sustantivo, el derecho de defensa en juicio y avasallan sus facultades como legisladores, al atentar contra la división de poderes, violentar el principio de reserva de ley y asumir funciones legislativas, con lesión de los arts. 18, 29, 42, 43 y 99, inc. 3 de la Constitución Nacional y normas concordantes
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2906
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