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Fallos: 320:2861 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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le a la destrucción del "control difuso de constitucionalidad" que caracteriza a nuestro sistema, para sustituirlo por uno en el cual la mayoría del Tribunal, cada vez que el ejercicio de aquel control no le satisface, saltea las instancias regulares para negar la competencia del órgano que lo ejerció (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: .

I-

Surge de los antecedentes de autos, que un grupo de legisladores, a los que se adhirió el señor Defensor del Pueblo, plantearon una acción de amparo contra los decretos N° 375, del 24 de abril de 1997, y N? 500, del 2 de junio, mediante los cuales fue decidida la concesión de los aeropuertos nacionales e internacionales, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 10.

Toda vez que dicha acción fue acogida en ambas instancias ordinarias judiciales, el Poder Ejecutivo Nacional planteó el respectivo recurso extraordinario, el que se encuentra sustanciándose en la actualidad. Empero, "dada la necesidad y urgencia que existe en la concreción del proceso de concesión inadmisiblemente demorado", resolvió ratificar esos decretos, mediante el decreto de necesidad y urgencia 842/97, dictado con fundamento en el art. 99, inc. 3? de la Constitución Nacional y enviado a la consideración del Congreso de la Nación, .

tal como lo exige dicha norma, donde se encuentra en proceso de tra- tamiento legislativo. .

—I-

En ese estado de cosas, el mismo grupo de legisladores nacionales, promovió nueva instancia judicial contra el decreto 842/97, lo que dio lugar ala formación del expediente agregado "Nieva, Alejandro y otros e/P.E.N. Dto. 842/97- s/ medida cautelar (autónoma)", donde, citado

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2861 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-2861

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