FISCAL v. CARLOS ALBERTO FONTANA y OTROS
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
La prohibición de la reformatio in pejus cuando no media recurso acusatorio tiene jerarquía constitucional, por lo cual toda sentencia que ignora ese principio adolece de invalidez ya que importaría que habría sido dictada sin jurisdic ción y además afecta de manera ilegítima la situación obtenida por el encausado a raíz del pronunciamiento consentido por el Ministerio Público y lesiona la garantía contemplada por el art. 18 de la Constitución Nacional.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
La sentencia que aumentó la pena de multa incurrió en una reformatio in pejus violatoria del art. 18 de la Constitución Nacional si el fiscal apeló la sentencia condenatoria únicamente en lo referente a la pena de prisión.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia. . .
La prohibición de la reformatio in pejus se funda en el principio reconocido mediante el aforismo tantum devolutum quantum appellatum, según el cual incurre en exceso de poder el tribunal de apelación que lleva su decisión a extremos excluidos de la apelación (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
El expreso pedido fiscal de confirmación de la sentencia dictada en primera instancia equivale, a los fines de la aplicación de la prohibición de la reformatio in pejus, a la ausencia de recurso acusatorio (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi). .
FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 10 de diciembre de 1997.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Carlos Alberto Fontana en la causa Fiscal c/ Fontana, Carlos Alberto y otros", para decidir sobre su procedencia.
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2489
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