EJUSTICIADELA NACION 2647 JOSE OSCAR FERNANDEZ v. SHELL C.A.P. S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.
En la tarea de esclarecer la inteligencia de normas federales la Corte no se encuentra limitada por las posiciones de la cámara ni del apelante, sino que le incumbe realizar una declaratoria sobre el punto disputado, según la interpretación que rectamente le otorga.
LEY: Interpretación y aplicación.
La primera fuente de interpretación de la ley es su letra, sin que sea admi sible una inteligencia que equivalga a prescindir del texto legal si no media debate y declaración de inconstitucionalidad, ya que la exégesis de la norma, aun con el fin de adecuación a principios y garantías constitucionales, .
debe practicarse sin violación de su letra o su espíritu.
LEY: Interpretación y aplicación.
El único supuesto expresamente excluido de la reglamentación por el art. 19 del decreto 1772/91 es el de los buques afectados a la pesca, por lo que deben considerarse incluidos en el régimen de excepción establecido a todos los buques destinados a la navegación comercial sin distinción alguna respecto del origen o propiedad de los insumos que transporten.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 10 de diciembre de 1997.
Vistos los autos: "Fernández, José Oscar c/ Shell C.A. PS.A. s/ diferencias de salarios".
Considerando:
1) Que la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, al confirmar la dictada en primera instancia, declaró que la actividad de la empresa Shell C.A.PS.A. no se encontraba comprendida en el art. 12 del decreto 1772/91. Contra tal decisión, la
Compartir
141Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2446
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-2446¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 320 Volumen: 3 en el número: 390 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
