RESOLUCION DE LA SECRETARIA DE AUDITORES JUDICIALES
Buenos Aires, 25 de septiembre de 1997.
Visto el expediente: "Investigación relacionada con nota periodística publicada en diario 'La Nación' de fecha 27-2-96", y Considerando:
1) Que de los elementos de juicio obrantes en las presentes actuaciones en relación con la actuación del juez Dr. Alfredo Rizzo Romano surgen graves irregularidades susceptibles de sanción disciplinaria.
2) Que el firmante de la carta de lectores publicada en el diario "La Nación" el 27 de febrero de 1996 hizo saber que "el 13 del actual, aproximadamente a las 20,30 circulaba por la calle Tagle cruzando Figueroa Alcorta hacia Libertador, cuando un automóvil Mercedez Benz, último modelo, gris oscuro, apareció de contramano por Figueroa Alcorta para tomar Tagle, aprovechando el tráfico detenido por el semáforo. Lo pude esquivar y aguardé en el semáforo de Libertador su llegada a fin de interceptarlo por su imprudencia. Advertí que era una persona mayor quien inmutable me miraba como si nada hubiera pasado. No conforme con lo realizado y aprovechando un hueco en el tráfico de Avenida del Libertador, con semáforo en rojo, el mismo conductor avanzó raudamente pese a que hice sonar la bocina de mi auto en señal de advertencia y desaprobación... Lo que me movió a escribir esta carta, es que el conductor en cuestión tenía chapa blanca del Poder Judicial N° 3049..." 3) Que habiéndose acreditado que la chapa oficial N° 3049 le fue otorgada al Dr. Alfredo Rizzo Romano, juez de Cámara del Tribunal Oral N° 12, se le requirieron explicaciones sobre el hecho. Al respecto, si bien negó haber cometido violaciones a las normas de tránsito a que se hace referencia en la carta de lectores, expresó que "por la época que menciona este letrado, el pavimento de la Avenida Figueroa Alcorta estaba siendo reparado y al estar bloqueado temporalmente la calle Mariscal Castilla, quienes vivimos —como en mi caso— en dicha Avenida a la izquierda de la cuadra comprendida entre Tagle y Castilla, debimos necesariamente, durante algunos días, salir de contramano por Figueroa Alcorta hacia Tagle, calle distante de mi domi
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2054
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