FALLOS DE LA CORTE SUPREMA — d 1292 320 . 7 added CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa'en juicio.. ¡provediz miento y sentencia. - a - En d. >» Debe primar la evidente finalidad tuitiva perseguida por el legislador al .
prever la defensa apropiada de los derechos del menor, especialmente cuando el tema fue objeto de consideración específica en tratados internacionales, que tienen jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 de la Ley Suprema), °, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño, arta 12, inc. 2 y 26, 1 .
inc. D. . . o . o o ° e FALLO DE LA CORTE SUPREMA . e 4 . - °- BuenosAlres, 1° de julio de 1997.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por José ISmaél Brito Peret fiscal en representación de la menor Gilda Vanesa Nobbiu en la causa Quintana, Elsa c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles", para decidir sobre su procedencia.
Considerando: . E. "e, | 19) Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la ex Cámara .
Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social que confirmó la resolu- .
ción administrativa que había denegado el beneficio de pensión solicitado por la conviviente del afiliado, el fiscal de cámara interpuso recurso extraordinario ejerciendo la representación pupilar de la hija menor de edad de aquéllos que, al ser desestimado, dio lugar a la presente queja.
2?) Que el recurrente sostiene que la sentencia es arbitraria y lesiva de las garantías constitucionales de propiedad y defensa en juicio pues el a quo omitió formular toda consideración respecto de los derechos de la menor al beneficio de pensión que se discutía, a la vez que soslayó conferir intervención al ministerio pupilar para que ejerciera la representación necesaria de la incapaz en el trámite de la causa, circunstancias que habrían producido gravamen irreparable al privar a su representada de hacer valer acciones y defensas antes de dictarse i el fallo, por lo que solicitala nulidad de lo resueltó sin su participación.
3) Que después de requerir la remisión de las actuaciones principales, este Tribunal dispuso dar intervención al señor defensor oficial ante la Corte, que asumió la representación promiscúa de la menor en |
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1292
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