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Fallos: 319:470 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales.

Corresponde reconocer la depreciación monetaria con base, sustancialmente, en el imperativo constitucional de "afianzar la justicia" y en el derecho —de igual raigambre de propiedad.

DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales.

La omisión de reservas sobre la depreciación monetaria, no constituye una renuncia tácita de derechos patrimoniales.

CONTRATOS.
Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión, aplicable en el ámbito del derecho administrativo.

PERICIA.
La naturaleza específica del contrato de consultoría para llevar a cabo el estudio de prefactibilidad de esquemas alternativos para el aprovechamiento de volúmenes de agua excedentes, a los fines de determinar si existió por parte del consorcio un incumplimiento en los plazos de entrega que justifi- .

cara la aplicación de sanciones, obliga a otorgar prioritaria importancia al dictamen pericial.

— PERICIA Cabe conocer validez a las conclusiones del experto para la decisión de aspectos que requieren apreciaciones especificas de su saber técnico, de las que sólo cabría apartarse ante la evidencia de errores manifiestos o insuficiencia de conocimientos científicos.

PERICIA.
Apreciado el peritaje en los términos del art. 476 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , resulta decisivo para reconocer la improcedencia de las multas, sustentada en una errónea interpretación del cómputo de los plazos de presentación de los informes.

MONEDA.
No corresponde excluir de las disposiciones del decreto 1726/85 al contrato cuyas particularidades no enervan los efectos que cabe asignar a la partici

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:470 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-470

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