Código Penal en concurso ideal, al haber autorizado el envío de fondos para la realización de la Obra Colectora, Máxima Oeste Planta La Viñita, a sabiendas de que el estado de emergencia cloacal invocado no era tal, en su carácter de funcionarios públicos nacionales y en el ámbito de la Capit tal, constituyen circunstancias que determinan, en principio, la competencia del fuero de excepción con asiento en esta ciudad, sin perjuicio de lo que resulte de la posterior investigación. .
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
V.E. me corre nueva vista en este incidente el cual, por resolución de fs. 88/69, se dispuso devolver al señor Juez Federal de Catamarca con la advertencia de que en lo sucesivo se abstuviera de promover innecesariamente nuevos planteos de competencia.
A fs. 93/100 el imputado Caserta solicitó a dicho magistrado que se elevaran los autos nuevamente al Tribunal a fin de que éste resolviera de forma definitiva acerca de la competencia en esta causa, con base en que además de haber reclamado su conocimiento tanto la justicia federal de Catamarca como la provincial, también lo había hecho la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal.
De conformidad con dicho pedido el señor Juez Federal de Catamarca dispuso a fs. 109 elevar los autos a conocimiento de V.E.
Más allá de los reparos que, desde el punto de vista formal, pueda ofrecer ese procedimiento, creo oportuno recordar, tal como ya lo seña1é en mi anterior dictamen de fs. 85/86, que la Sala II de la Excma.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal declaró, mediante resolución del 29 de agosto de 1995, la competencia de ese fuero para conocer en la causa.
El juez provincial de Catamarca, por su parte, rechazó ese planteo inhibitorio el 28 de septiembre de ese mismo año (ver fs. 33 del expediente A-14/95 del Juzgado de Instrucción N° 4 de Catamarca, caratulado "Actuaciones remitidas por el Sr. Juez a/c del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N% 12"). Correspondía, pues, a este último magistrado comunicar esa decisión a la justicia federal de
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3493
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