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Fallos: 319:3495 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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minal y Correccional Federal y el Juzgado de Instrucción N° 4 de Catamarca. Buenos Aires, 25 de junio de 1996. Angel Nicolás Agiiero Tturbe. .

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 27 de diciembre de 1996.

Autos y Vistos; Considerando:

19) Que el 19 de diciembre de 1995, esta Corte resolvió el conflicto suscitado entre el Juzgado Federal de Catamarca y el Juzgado de Instrucción de la 4ta. Nominación de esa provincia, que se había originado como consecuencia del planteo de inhibitoria promovido por José Roberto Dromi ante el fuero de excepción (fs. 88/89).

En ese sentido, el Tribunal decidió, en primer lugar, enviar las actuaciones al juez remitente —el federal en atención a la falta de cumplimiento de requisitos formales que obstaban a la resolución de fondo del conflicto, máxime que en esos autos se había verificado con anterioridad idéntica contienda de competencia sin que luego se invocasen nuevas circunstancias que permitiesen efectuar su replanteo.

22) Que devueltas estas actuaciones al juzgado federal, la defensa de otro imputado, Mario Caserta, solicitó a su titular que diese una nueva intervención a esta Corte Suprema. Sostuvo, tras una reseña de las circunstancias fácticas que rodearon su participación en los hechos que se investigan, la competencia del fuero de excepción, en virtud de lo dispuesto por la ley de emergencia económica (fs. 93/100), planteo al que el magistrado hizo lugar, por lo que envió nuevamente las actuaciones a esta Corte (fs. 109).

3) Que, en primer término, corresponde poner de relieve que el juez remitente no dio cumplimiento a lo ordenado en la anterior resolución de este Tribunal, por lo que corresponde formularle un severo Tlamado de atención.

A ello cabe agregar que el juez federal se limitó a considerar "de prudente arbitrio" la remisión de estas actuaciones sin promover la

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3495 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-3495

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