JUICIO CRIMINAL.
El proceso penal se integra con una serie de etapas a través de las cuales, y en forma progresiva, se tiende a poner al juez en condiciones de pronunciar un veredicto de absolución o condena y, por ello, cada una de esas etapas constituye el presupuesto necesario de la que le subsigue, en forma tal que no es posible eliminar una de ellas sin afectar la validez de las que le suceden (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.
El respeto de la garantía de la defensa en juicio consiste en la observancia de las formas sustanciales relativas a la acusación, defensa, prueba y sen tencia (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de diciembre de 1996.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor en la causa Knodler de Bestene, Ingeborg y Bestene, Ricardo Armando s/ querella", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el presente recurso de hecho no refuta todos y cada uno de los .
fundamentos del pronunciamiento denegatorio del recurso extraordinario.
Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 3. Hágase saber y archívese, previa devolución de los autos principales.
JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — Carios S. FAYT en disidencia) — AuGusto César BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A.
Bosserr — ADoLro ROBERTO VÁZQUEZ.
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3007
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