sesenta y cuatro mil seiscientos ($ 64.600) y los del consultor técnico de la actora Alejandro Gustavo Caviglia en la de treinta y dos mil trescientos ($ 32.300). Notifíquese y, oportunamente, archívese.
JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — Carlos S. FAYr — AucusTto C£sar BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO
BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
1
ALEJANDRO GUILLÉN v. ESTRELLA DE MAR y OTROS
LEY: Vigencia. .
Al haber sido vetado el art. 290 de la ley 24.522 y, consecuentemente, carecer el texto legal que se promulgó de una disposición que regule la fecha de su entrada en vigencia resulta imprescindible recurrir a lo dispuesto en los arts. 2" y 3? del Código Civil.
LEY: Vigencia. De acuerdo a lo establecido en el Código Civil (arts. 2° y 3") corresponde la aplicación de las disposiciones referidas al fuero de atracción de la nueva ley de concursos 24.522 si la situación jurídica era existente al tiempo del dictado de la misma, máxime tratándose de una norma de procedimiento.
LEY: Vigencia. Las normas de procedimiento resultan aplicables a las causas en trámite.
CONCURSOS. - -
El procedimiento verificatorio regulado procesalmente en la ley de concursos de rango nacional solamente es sustituido por la aplicación de normas procesales locales en aquello que no estuviere dispuesto expresamente y siempre y cuando sean compatibles con la rapidez y economía del trámite concursal (at. 278 de la ley 24.522). ...
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2844
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