esta Corte en Fallos: 315:1731 , voto del juez Mdliné O'Connor, a cuyos fundamentos cabe r emitirse por razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar ala queja, se declara formalmente admisibleel recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada.
Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a lo que aquí se decide.
Agréguese la queja al principal. Notifíquese y remítase.
EDUARDO MoLiNé O'Connor.
DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT
Considerando:
Que los agravios de la demandada remiten a la consideración de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y decididas por esta Corteen Fallos: 315:1731 , voto dela mayoría, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar al recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo alo que aquí se decide. Agréguese la queja al principal. Notifíquese y remítase.
CARLos S. FAYr.
DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ
Considerando:
Que los agravios de la demandada remiten a la consideración de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y decididas por esta Corte, mediante las disidencias del juez Vázquez, en las causas
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2453
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