RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Generalidades.
Losjueces no están obligados a seguir alas partes en todas sus alegaciones, sino sólo en aquellas que estimen conducentes para la correcta solución del litigio Disidencia de los Dres. Julio S. Nazareno, Augusto César Belluscio y Antonio Boggiano).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de octubre de 1996.
Vistos los autos: "Dos Américas |.C. y F. c/ Gob. del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur s/ expropiación indirecta".
Considerando:
1°) Que contra la sentencia dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, la demandada interpuso recurso ordinario de apelación, que le fue concedido a fs. 1222 vta., y dio origen al memorial defs. 1234/1258, cuyo traslado fue contestado por la contrariaafs. 1261/1281.
2°) Que, en principio, el recurso es formalmente procedente, toda vez que se trata de una sentencia definitiva, recaída en una causa en que la Nación es parte, y el valor disputado en último término supera el límite establecido por el art. 24, inc. 6°, apartado a) del decreto- ey 1285/58, ajustado por resolución 1360/91 de esta Corte.
3") Que la actora promovió acción de expropiación inversa contra el Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, solicitando que se transfiera el inmueble en cuestión a nombre de la demandada, previo pago, por parte de esta última, de la indemnización que estimó corresponder.
4) Quela jueza de primera instancia, sobre la base de considerar quela situación planteada en autos se encontraba comprendida en las previsiones del art. 51, inc. c, dela ley 21.499, hizo lugar a la demanda fs. 975/985).
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2110
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