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Fallos: 318:457 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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la indemnización por expropiación que se discute en el sub lite (art. 16, segunda parte, ley 48), y se confirma la sentencia apelada en cuanto intima al Estado Nacional —Servicio Nacional de Parques Nacionales— a depositar el importe de la liquidación aprobada en autos. Las costas de esta instancia se imponen por su orden en atención a la dificultad jurídica del tema y a su carácter novedoso (art. 68, segunda parte, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese y devuélvase. .

JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLInÉ O'Connor — Carlos S. Fay (en.

disidencia) — AuGusto C£sar BELLUscIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (t1) — ANTONIO BOGGIANO — GUSTAVO A. Bosserr.


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT
Considerando:

19) Que, encontrándose aprobada y firme la liquidación de la deuda que el Estado Nacional mantiene con la demandada en virtud de la expropiación que dio origen al presente juicio, ambas partes mediante diversas argumentaciones— sometieron al juez federal de Salta la decisión relativa a la aplicación, en el sub lite, de las normas de la ley 23.982, de consolidación de deudas del Estado Nacional (fs. 1189/1226).

El pronunciamiento dictado en consecuencia desarrolló, en una doble línea argumental, las siguientes motivaciones: a) que el decreto 1652/91 —que vetó la exclusión que de ese régimen había formulado el proyecto del Congreso de la Nación respecto de las expropiaciones— supone cumplido el recaudo de la previa indemnización establecido en el art. 17 de la Constitución Nacional con el depósito de la estimación que efectúa el Tribunal Nacional de Tasaciones, lo que no ha ocurrido en la especie, pues la causa fue regida por la ley 13.264, que "sólo exi- .

gía depositar el monto de la valuación fiscal que podía incrementarse en un 30"; b) que no se había completado el trámite previsto en el art. 72 de la Constitución Nacional (texto 1853-1860), "toda vez que el art. 19 de la Ley tendrá un significado u otro respecto de las expropiaciones, según que el Congreso insista o no respecto del párrafo que aquí interesa ... mientras ello no ocurra, existe la imposibilidad de establecer con certeza el sentido de la voluntad legislativa, circuns

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:457 
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