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Fallos: 318:437 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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LUIS GIMENEZ y Otra .

AVOCACIÓN.
Dado que corresponde a la Corte preservar la observancia de sus disposiciones reglamentarias, procede su intervención cuando media un apartamiento de aquéllas.

EMPLEADOS JUDICIALES, —. .

Corresponde dejar sin efecto una designación de prosecretario administrativo que contradice lo prescripto por-la Corte en la acordada 9/92 y lo dispuesto por la cámara con anterioridad, al tener por objetivamente acreditada la falta de aptitud del designado para ocupar el cargo.


RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de marzo de 1995.

Visto el expediente S-2065/93 "Giménez, Luis y Silva, Marta Graciela s/ avocación (ascenso a Prosecretario administrativo)", y Considerando:

19) Que los agente Luis Balbino Giménez y Marta Graciela Silva, oficiales de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, solicitan la intervención de esta Corte por vía de avocación, para que deje sin efecto la designación de la señora María Rosa Lo Sardo de Benítez en el cargo de prosecretario administrativo de la fiscalía de primera instancia de la jurisdicción, dispuesta por acta 702/93 del tribunal de al- .

zada (fs. 20, 47/49 y 69/72). .

El primero de ellos considera que la promoción es arbitraria porque la cámara, a su juicio, omitió considerar lo resuelto por el acta 642/ 93 la cual, como "guía reglamentaria de las acordadas 7, 9 y 17/92 dela Corte Suprema de Justicia de la Nación", dispuso confeccionar el escalafón "atendiendo el orden de prelación que surge de computar la escala jerárquica en que los agentes se encontraban en sus respectivas categorías al tiempo de ser reescalafonados" (es decir, primero los oficiales superiores y luego sus inferiores; ver fs. 23/24). Sobre esa base,

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:437 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-437

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