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Fallos: 318:2469 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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ciones análogas a la planteada, resultan suficientemente persuasivos para disponer, como solución más equitativa, la continuación del pago del haber de retiro a los interesados desde que cumplan sesenta años de edad hasta que recaiga decisión definitiva sobre el fondo del asunto.

Por ello, Se resuelve: .

Hacer saber a la Subsecretaría de Administración que deberá continuar pagando el haber de retiro a los Dres. Jacinto Diego Sicardi y Manuel Horacio Larrea desde la fecha en que cumplan sesenta años de edad y hasta el momento en que recaiga decisión definitiva, respec- .

to de ellos, en el expediente "Craviotto, Gerardo Adolfo y otros c. Estado Nacional (M. de Justicia de la Nación) s/ empleo público".

Regístrese, hágase saber y archívese. Juuro S. NAZARENO — Cantos S. FArr — AUGUSTO César BELLUScIO —
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (H) — Gustavo A.
BossErr.


EMBAJADA pr ISRAEL
CORTE SUPREMA.
Corresponde rechazar el pedido de excusación efectuado por el Dr. Ricardo Levene [h.] si el Tribunal estima que cumplió acabadamente con las funciones instructorias que se atribuyeran en la investigación del atentado contra la Embajada de Israel, sin que el examen de las actuaciones revele paralización u omisiones a él imputables,

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2469 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-2469

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