JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema. .
Si la contienda se ha planteado entre los fueros del trabajo y en lo contenciosoadministrativo, no se verifica en el caso el supuesto contemplado en el art. 24, inc, 79, del decreto-ley 1285/58, y la cuestión planteada no debe ser resuelta por la Corte Suprema (Disidencia de los Dres. Julio S. Nazareno, Carlos S. Fayt, Augusto César Belluscio y Guillermo A. F. López). . DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte: . + , Daniel Aníbal Ramírez, promovió demanda laboral por ante los Tribunales de Trabajo de San Martín, Provincia de Buenos Aires, contra la Dirección General de Fabricaciones Militares, procurando el co bro de la indemnización derivada de la ruptura del vínculo laboral, salarios caídos por enfermedad e indemnización por incapacidad laborativa, en los términos de la ley 9688. .—Afs.31, el Tribunal de Trabajo de San Martín se declaró incompetente para entender en la demanda en razón de no encontrarse encuadrado el caso en las pautas establecidas por el art. 2 de la ley 7718/71.
Remitida la causa a la Justicia Nacional del Trabajo, la juez a quo también declaró su incompetencia para conocer en las actuaciones, fs. 38, fundada en las previsiones de los arts. 2° de la ley 20.744 y 20 y 24 de la ey 18.345. —" - , , .
Por pedido de la parte interesada, los autos fueron remitidos al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Adminis- trativo Federal N° 8, cuya titular, a fs. 50, se declaró, a su vez, incom- .
petente, en razón de que la demanda se origina en un accidente de trabajo basada en la ley 9688.
Por consiguiente, se ha suscitado un conflicto negativo de competencia entre los magistrados, que toca a V.E. dirimir, al no existir un supe
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2282
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