de Buenos Aires por la actividad cumplida en ese Ámbito (art. 265 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia parcial de los Dres. Augusto César Belluscio, Ricardo Levene [h.] y Antonio Boggiano).
DAÑOS Y PERJUICIOS: Determinación de la indemnización. Generalidades. E concepto de indemnización de perjuicio lleva implícita la realidad de éstos y para su establecimiento judicial se requiere la comprobación suficiente de tal realidad (Disidencia parcial de los Dres. Augusto César Belluscio, Ricardo Levene [h.] y Antonio Boggiano). DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.
No procede la reparación de los alegados perjuicios por la prohibición de ejercer la profesión de abogado y por la pérdida del nivel de clientela si, al desistir de la prueba el propio recurrente impidió conocer el monto de los honorarios que venía percibiendo y, además, no aparece justificada la existencia misma del perjuicio a la luz del art. 165 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Disidencia parcial de los Dres. Augusto César Belluscio, Ricardo Levene [h.] y Antonio Boggiano). .
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios .
No cabe atribuir responsabilidad al Estado por el lapso en que los bienes estuvieron bajo su titularidad si el abandono del inmueble o la ausencia de continuidad en la explotación frutal a la que se hallaba afectada la quinta, data de bastante tiempo atrás a aquel acontecimiento (Disidencia parcial de los Dres. Augusto César Belluscio, Ricardo Levene [h.] y Antonio Boggiano).
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Generalidades.
Corresponde declarar la deserción del recurso ordinario de apelación si el apelante en su escrito de expresión de agravios no formula una crítica concreta y razonada de los fundamentos desarrollados por el a quo al admitir la prescripción de ciertos items que componen el resarcimiento pretendido (Disidencia par"cial del Dr. Carlos S. Fayb.
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Generalidades.
Los argumentos expuestos en el memorial deben ser suficientes para refutar los argumentos de hecho y de derecho considerados por el a quo para arribar a la resolución recurrida (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2231
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