principal. Reintégrese el depósito de fs. 1. Notifíquese y, oportunamente, remítase.
GUILLERMO A. F. Lórez. - . .
DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLin£ —
O'CONNOR Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON AUGUSTO CÉSAR
BELLUsciO Y DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Considerando: - Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apela- da. .
Por ello, se desestima el recurso de hecho. Dése por perdido el depósito de fs. 1. Devuélvanse los autos principales. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
Epuarno Mount O'Connor — Aucusrto César BeLLuscio — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCEL.
JORGE MANUEL CORES PONTE v. MUNICIPALIDAD DE LA MATANZA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.
Es admisible el recurso extraordinario contra la sentencia que declaró formalmente improcedente la demanda incurriendo en un rigor formal injustificado que violenta la garantía de la defensa en juicio.
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:1100
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