Estados en materia de comercio sería otra fuente fecunda de contiendas,... alimentaríanse continuas animosidades que probablemente concluirían en graves perturbaciones de la tranquilidad pública..." así como por Madison, quien expresó que "la necesidad de una autoridad de superintendencia sobre el comercio recíproco de los Estados Federados, ha sido demostrada con ejemplos de otros países y del nuestro mismo" (cf. "El Federalista", Nos 7 y 42, págs. 25 y 185, respectivamente, Fondo de Cultura Económica, México, 1943).
Otro aspecto que debe subrayarse es, de su parte, lo hipotético que resulta, hoy por hoy, referirse a los lindes del mar ya que, en rigor, más allá de que las provincias intenten afirmar, por su propia iniciativa, su dominio sobre el mar territorial, lo cierto es que tales límites no han sido todavía fijados por el Congreso, que es el órgano .
constitucionalmente habilitado para ello según el artículo 67, inciso 14, de nuestra Carta, lo cuál, en el caso de los derechos de pesca, sería otra indefectible causa de previsibles conflictos interprovinciales. A su vez, las referidas características de la pesca industrial y la trascendencia económica que ha tomado en las últimas décadas, motivan, como bien lo apunta la representación del Estado Nacional, la necesidad de una regulación unitaria que preserve la racionalidad de la explotación, hoy en día más urgente en virtud de las consecuencias ecológicas que una irracional explotación traería aparejadas.
Parafraseando, entonces, a los autores citados, puede sostenerse que si se dejase que cada estado provincial costero pudiese regular los derechos de pesca de alta mar, con las características señaladas, se correría el consecuente riesgo de hacer peligrar una importante fuente de recursos de trascendencia económica nacional a causa de la superposición de regímenes normativos, superposición de la exigen- .
cia de derechos de pesca, imposibilidad de imponer un sistema unitivo de explotación racional y la generación de los consecuentes conflictos interprovinciales derivados de la inexistencia precisa de los límites provinciales en las zonas marítimas. Asimismo, no parece ocioso poner de resalto que, en la actual etapa de la industria pesquera, las empresas que se dedican a esta actividad suelen contar con embarcaciones que funcionan como verdaderas factorías, las que procesan y envasan los frutos del mar que de tal suerte quedan listos para su comercialización cuanto menos interpro
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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:411
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