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Fallos: 317:1709 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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BOLSA DE COMERCIO.

Sila compraventa de las "Letras Ajustables del Tesoro Nacional" fue concertada a término, y antes del vencimiento del plazo pactado el vendedor adquirió los títulos, no existió transferencia de títulos que debiera ser registrada ante la Caja de Valores, N S.A. (Disidencia del doctor Eduardo Moliné O'Connor).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de diciembre de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Extrader S.A. en la causa Extrader S.A. s/ sumario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). , Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 1. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese. JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINE O'Connor (en disidencia) — CARLos S. FAYT — AuGusto CÉsar BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (H) — GUILLERMO A. F. López — Gustavo .

A. BossErr. .

DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLINE O'Connor Considerando: - — 1) Que contra la sentencia de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, al confirmar la resolución N° 8855 de la Comisión Nacional de Valores, impuso a Extrader S.A. la sanción de suspensión y a sus directores la de multa, dedujeron éstos recurso extraordinario, el que, al ser denegado, motivó la presente queja.

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1709 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-1709

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