FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de octubre de 1993.
Vistos los autos: "Cortesfilms Argentina S.A. c/ Staf S.A. s/ faltante y/o avería de carga transporte aéreo".
Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento de la Sala | de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que revocó la sentencia de primera instancia, hizo lugar parcialmentea la denanda y, en consecuencia, condenó a la empresa demandada y ala citada en garantía —en los términos de la póliza— a abonar a la actora la suma que resulte de actualizar $ 30 en la forma allí establecida y siempre quetal suma no exceda el límite establecido en la Convención de Varsovia, con costas en el orden causado, la actora interpuso recurso extraordinario que le fue concedido parcialmente.
2°) Que noobstantelas deficiencias for males que presenta el escrito de interposición del remedio federal, las especiales circunstancias de autos hacen procedente habilitar esta instancia excepcional.
En efecto, el recurrente omite todo relato de los hechos relevantes de la causa que permita vincularlos con las cuestiones que plantea como de naturaleza federal, locual obstaría a la procedencia del recurso en cuanto se requiere para su idónea fundamentación que la lectura del escrito haga innecesaria la del expediente a efectos de pronunciarse sobrela admisibilidad de esta vía que, cabereiterarlo, es excepcional (Fallos: 308:51 y sus citas, entre otros).
Noobstante ello, el apelante funda sus quejas en la errónea lectura que el a quo habría hecho de un documento, lo que le permitió rechazar en parte la demanda. Y dicha circunstancia es admitida por la cámara que, con tal fundamento, concedió el recurso extraordinario.
En tales condiciones, y frente a esa situación excepcional, corresponde que este Tribunal soslaye el incumplimiento del mencionado recaudo formal.
3") Quelos agravios del apelante suscitan cuestión federal bastante para su consideración en la vía intentada pues aunque se vinculan
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2369
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