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Fallos: 316:2364 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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Por ello, Se resuelve:

No hacer lugar al requerimiento formulado por el doctor Alfredo H. Rizzo Romano.

Regístrese, hágase saber y archívese.

RopotFo C. BARRA — CARLos S. FAYr — AUGUSTO C. BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor.


ALBERTO IGNACIO PERNAS
SUPERINTENDENCIA.
Debe suspenderse por el término de diez días al oficial notificador que, pese a encontrarse bajo licencia médica, mediante un ardid retiró y diligenció una códula que no era de su zona y en la que tenía un interés personal, pues su comportamiento configura una falta administrativa grave.


RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de octubre de 1993.

Visto el expediente S-1173/93 caratulado "Dirección General de Mandamientos y Notificaciones s/ sdlicita aplicación de suspensión de diez días a Alberto Ignacio Pernas", y Considerando:

1°) Que el señor Director General de Mandamientos y Notificaciones eleva para conocimiento y decisión del Tribunal las actuaciones instruidas a raíz de la nota dirigida por el oficial supervisor Jorge A.

Sambiase al señor subdirector general, que comunicó la comisión de una presunta irregularidad por parte del oficial notificador Alberto Ignacio Pernas (ver fs. 1, 13 y 14).

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-2364

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